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Fundido a negro
Los gallegos de la Parot

Los gallegos de la Parot 1a1b33

19/5/2025 · 21:12
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Fundido a negro

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¿Qué es la Doctrina Parot? Aunque de primeras la relacionamos con los presos de la banda terrorista ETA, de su derogación se beneficiaron condenados por muchos delitos. Entre ellos, Manuel Vela y Jesús Lorenzo, dos ex policías nacionales que mataron a los 4 de una familia de Nigrán, en Pontevedra. O también el lucense Félix Vidal Anido, conocido como el Violador del Estilete, que salió antes de tiempo de prisión gracias a la eliminación de la Parot. 2423c

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Este contenido se genera a partir de la locución del audio por lo que puede contener errores.

¿Cómo podía un preso reducir su tiempo en la cárcel? Pues realizando trabajos en los talleres de prisión, ayudando a los funcionarios, cursando estudios, perteneciendo a grupos artísticos o literarios. Por cada dos días de trabajo se les restaba un día de condena. Esto fue así hasta 1995, cuando el actual Código Penal eliminó el poder de reducir la pena por trabajos. ¿Cómo se aplicaban estos beneficios penitenciarios? Fue el desencadenante, en 2006, de la conocida como Doctrina Barot, que afectó sobre todo a presos de la banda terrorista ETA, obligándolos a cumplir íntegramente su pena hasta el máximo legal, que entonces era de 30 años. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos consideró ilegal esta jurisprudencia, la canceló y puso en libertad a muchos de estos terroristas, pero también a otros asesinos.

En este primer capítulo de la segunda temporada de Fundido a Negro conoceremos tres asesinatos y violaciones ocurridos aquí en Galicia, cuyos autores lograron salir antes de prisión por la derogación de la Doctrina Barot. No podemos iniciar esta narración sin explicar qué es la Doctrina Barot. Se trata de una jurisprudencia, una orden, del Tribunal Supremo tras un recurso de letarra Harry Barot, ya hay su nombre, que fue condenado por 39 asesinatos.

Este miembro de ETA pidió acumular todas sus sentencias, que sumaban una condena total de 4.800 años, en una sola, en una única sentencia. Como entonces, estamos hablando del año 2005, el límite máximo de cumplimiento en prisión era de 30 años, Barot pidió que por sus trabajos en prisión se le descontasen estos días no de cada una de sus condenas por separado, sino del máximo legal, que es lo único que podría cumplir los 30 años. De este modo saldría de prisión mucho antes. Os pongo un ejemplo más sencillo.

Imaginemos que Barot fuese condenado a tres penas de 20 años. Esto sería un total de 60, si bien sólo podría cumplir 30, que es lo que marcaba el Código Penal. Por buen comportamiento y por su trabajo en prisión, logra que le descuenten unos cinco años de condena. Pues Harry Barot pidió al Supremo que estos cinco años se lo descontasen de los 30, que son los de efectivo cumplimiento, por lo tanto no cumpliría más de 25. Del otro modo, sería descontar cinco años a cada una de las tres penas, 15 más 15 más 15, que harían un total de 45 años.

Tendría que cumplir casi el doble de estancia en prisión. ¿Qué hizo el Supremo? Decidió no darle la razón a Barot. Los magistrados, reinterpretando el artículo 72 del Código Penal, dijeron que el cumplimiento de la pena íntegra era el único modo de garantizar la reinserción del condenado y su reeducación. De modo que los presos condenados a 30 o más años de prisión, en la práctica, no podrían beneficiarse ni de la redención de penas por el trabajo, ni siquiera de la libertad condicional.

Barot y otros de ETA decidieron recurrir esta decisión del Supremo y lo hicieron ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, alegando que se vulneraba sus derechos porque suponía un alargamiento de su condena y no podrían beneficiarse, como así hacían otros presos, pues de, por ejemplo, el descuento de días por trabajos realizados en prisión.

Y en 2013 el Tribunal Europeo de Derechos Humanos sí les dio la razón a los ETA-RAS, obligando a España, al sistema judicial español, a derogar la conocida como Doctrina Barot, impidiendo que el descuento de las penas tendría que aplicarse sobre el máximo de cumplimiento de cada condenado y no sobre cada una de las penas. Esto provocó una estampida de presos de las cárceles, que de repente vieron cómo las horas que habían trabajado o estudiado en prisión les rebajaba tanto su condena que les concedían ya la libertad, les permitía salir en libertad.

Quizás los presos de ETA fueron los más conocidos, porque la verdad es que se beneficiaron muchísimos de esta jurisprudencia, pero por supuesto se aplicaba a cualquier tipo de interno. En Galicia fueron varios los presos que lograron su libertad antes de lo previsto gracias a la derogación de la Barot y los trabajos en prisión. Entre ellos vamos a hablar de Jesús Vela y Manuel Lorenzo, dos policías nacionales que el 1 de febrero cometieron un cuádruple asesinato en Nigrán, que conmocionó a toda España.

Nigrán es un pequeño concello de la provincia de Pontevedra, a poco más de 20 minutos en coche de Vigo. Una de las parroquias más conocidas es Priegue, una zona que mezcla imponentes chalets vacacionales con viviendas familiares que los marineros han ido construyendo al remolque de cada marea.

Ahí es donde vivía el empresario Vigués y vicepresidente del CELTA de Vigo, David Fernández Grande, de 58 años, su mujer Pilar San Román, de 42, y sus tres hijos, Marta, de 23, David, de 22, y Pedro, el más pequeño, de tan solo 14 años.

Fernández Grande tenía una conocida empresa de granito, haciéndola crecer hasta convertirla en el grupo DFG, sus iniciales.

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